Las empresas deben adoptar un enfoque preventivo que incluya: diseño ético de los sistemas, supervisión humana, transparencia, evaluaciones de impacto, formación del personal y mecanismos para reclamar decisiones automatizadas injustas.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



