Se exige el uso de barandillas, sistemas anticaídas y EPIs adecuados. La jurisprudencia ha reiterado la necesidad de protección colectiva cuando exista riesgo de caída superior a dos metros (TSJ de Cataluña 4914/2020).
¿Qué debe probar el empresario para exonerarse tras un accidente?
Fuerza mayor, caso fortuito o negligencia exclusiva e imprevisible del trabajador, acreditando cumplimiento preventivo total.



