Debe aplicarse lo previsto en el artículo 24 de la LPRL y el RD 171/2004, garantizando la coordinación, intercambio de información y planificación conjunta de medidas preventivas entre todas las empresas implicadas.
¿Qué tipos de pruebas pueden solicitar los tribunales para acreditar la diligencia preventiva de la empresa?
Registros de formación, partes de entrega de EPIs, evaluaciones individuales de riesgos, actas de reuniones, informes médicos, revisiones periódicas...



