Evaluación de riesgos específica, medidas higiénicas, EPIs adecuados, formación, vigilancia de la salud y señalización. Según artículos 4 y 5 del RD 664/1997.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



