Revisión visual del equipo, comprobación del terreno, verificación de frenos y estabilizadores, y uso del arnés si lo exige el equipo o la evaluación de riesgos.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



