Separar utensilios y superficies, lavar las manos después de tocar carne cruda, almacenar la carne cruda en recipientes herméticos en la parte baja del frigorífico, no reutilizar cuchillos o tenedores sin lavarlos previamente, y desinfectar encimeras y zonas de trabajo tras cada uso.
¿El Real Decreto 486/1997 es aplicable a los locales comerciales?
Sí. El RD 486/1997 establece disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a todos los lugares de trabajo, lo que incluye supermercados,...



