El RD 1215/1997 exige que las grúas estén correctamente instaladas o estabilizadas, que los puntos de anclaje resistan las tensiones y que se garantice la solidez estructural del equipo según la carga y uso previsto (Anexo I.1.8).
¿Qué ocurre si hay actividades mixtas (marítimas y portuarias)?
Se debe aplicar la normativa general y sectorial de forma complementaria, optando por la interpretación más favorable al trabajador.



