El empresario debe identificar y evaluar los riesgos específicos del trabajador, adaptar el puesto de trabajo, vigilar la salud, ofrecer formación e información específica, y garantizar la confidencialidad, según el artículo 25 de la LPRL y normativa complementaria.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



