El RD 97/2014 obliga a que las empresas transportistas garanticen que los vehículos cumplan requisitos técnicos y que los conductores reciban formación específica sobre los riesgos y medidas de seguridad del transporte de mercancías peligrosas.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



