El Real Decreto 1215/1997 (art. 5 y Anexos I y II) exige instalar resguardos y adoptar precauciones para evitar el atrapamiento de cabello, ropa u otros objetos cuando los elementos peligrosos sean accesibles.
¿Qué es un riesgo residual?
Es el nivel de riesgo que aún queda tras aplicar todas las medidas de prevención razonables. Debe ser gestionado y comunicado.



