El RD 486/1997 (lugares de trabajo), el RD 773/1997 (EPIs) y la Ley 31/1995 (LPRL) se aplican supletoriamente para garantizar condiciones básicas de seguridad y salud, complementando el régimen específico del RD 664/1997.
¿Qué ocurre si no hay relación laboral formal con el trabajador de plataforma?
Aunque no haya contrato laboral, si hay una inserción organizativa relevante, puede haber exigencia de medidas preventivas. La tendencia...



