El RD 486/1997 (lugares de trabajo), el RD 773/1997 (EPIs) y la Ley 31/1995 (LPRL) se aplican supletoriamente para garantizar condiciones básicas de seguridad y salud, complementando el régimen específico del RD 664/1997.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



