El Real Decreto 773/1997 regula la selección, uso, mantenimiento y formación sobre los equipos de protección individual que los trabajadores deben utilizar para protegerse de riesgos que no puedan eliminarse por otros medios.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



