Además de la LPRL, deben aplicarse el RD 374/2001 (agentes químicos), el RD 681/2003 (atmósferas explosivas) y el RD 130/2017 (procedimientos de actuación), incluso si el trabajo lo realiza personal subcontratado.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



