Se aplica el marco general de la Ley 31/1995 (LPRL), junto con reglamentos específicos como el RD 486/1997 (lugares de trabajo), RD 488/1997 (pantallas de visualización), y RD 374/2001 (agentes químicos), en función de los riesgos presentes.
¿Qué obliga el art. 15.4 LPRL al empresario respecto a imprudencias no temerarias?
Debe prever distracciones e imprudencias no temerarias al diseñar las medidas preventivas.



