Se aplica el marco general de la Ley 31/1995 (LPRL), junto con reglamentos específicos como el RD 486/1997 (lugares de trabajo), RD 488/1997 (pantallas de visualización), y RD 374/2001 (agentes químicos), en función de los riesgos presentes.
¿La formación en LOTO debe repetirse?
Sí. Debe repetirse periódicamente y siempre que haya cambios en los procedimientos, tecnologías, funciones del trabajador o evaluación de riesgos,...



