El Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997), especialmente su Anexo I, identifica las actividades con riesgos especiales que requieren formación específica y organización preventiva reforzada.
¿La formación debe adaptarse a cada puesto y riesgo?
Sí. Debe ser específica, suficiente y adecuada para cada puesto, y repetirse cuando cambien los riesgos o las condiciones de trabajo.



