El uso de EPIs está regulado por el Real Decreto 773/1997, complementado por el artículo 17 de la LPRL. Estas normas obligan al empleador a dotar al personal de equipos adecuados y velar por su uso efectivo.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



