El Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, desarrolla el artículo 24 de la LPRL y regula la coordinación de actividades empresariales (CAE) cuando en un mismo centro de trabajo operan varias empresas.
¿Qué ocurre si hay actividades mixtas (marítimas y portuarias)?
Se debe aplicar la normativa general y sectorial de forma complementaria, optando por la interpretación más favorable al trabajador.



