La Ley Orgánica 3/2007, el Real Decreto 901/2020 sobre planes de igualdad, y la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establecen el marco legal para garantizar la igualdad y la integración de la perspectiva de género en la prevención.
¿Está permitido que un trabajador rechace un EPI alegando incomodidad?
No. El uso del EPI es obligatorio cuando el riesgo no puede evitarse por otros medios. Rechazarlo sin justificación técnica puede ser considerado...



