La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales se aplica de forma general a todo el sector del transporte. Además, existen normativas específicas como el RD-ley 3/2022 (carga y descarga en carretera), RD 284/2021 (formación de conductores), RD 97/2014 (mercancías peligrosas), RD 1216/1997 (transporte marítimo) y RD 184/2008 (transporte aéreo).
¿Puede un trabajador negarse a recibir la formación preventiva obligatoria?
No, es un deber legal. La negativa puede dar lugar a sanción disciplinaria, siempre que la empresa haya informado y facilitado correctamente la...



