La normativa aplicable incluye la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 664/1997 sobre exposición a agentes biológicos, el RD 374/2001 sobre agentes químicos, y el RD 665/1997 sobre agentes cancerígenos, mutágenos y reprotóxicos. Aunque no existe una norma exclusiva para laboratorios hospitalarios, estas disposiciones se aplican directamente por la naturaleza de los riesgos presentes en estos entornos.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



