La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), especialmente su artículo 26, regula la protección de la maternidad. También son aplicables la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad y el Real Decreto 298/2009 sobre lactancia y embarazo en relación con riesgos laborales.
¿Quién debe interpretar y concretar estas obligaciones ante la falta de detalle normativo?
Las autoridades nacionales y las propias empresas, aplicando de forma proactiva las directrices europeas y organismos especializados en SST.



