La teleformación bonificada está regulada por la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, y el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que establecen los requisitos de acreditación, metodología, control y accesibilidad que deben cumplir las entidades de formación.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



