El artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores (letra d y e) y el artículo 29.3 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales permiten al empresario adoptar medidas disciplinarias ante incumplimientos graves.
¿Qué medidas preventivas deben adoptarse?
Limpieza previa de materiales inflamables, delimitación de zona de trabajo, vigilancia con extintor, ventilación, uso de EPIs ignífugos y formación...



