Las legislaciones nacionales y europeas exigen que el agua utilizada en la industria alimentaria cumpla con criterios de potabilidad: sin bacterias patógenas, libre de contaminantes químicos y con características físicas (olor, turbidez, color) dentro de los límites permitidos. Su cumplimiento es obligatorio y sujeto a inspecciones sanitarias.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



