El Real Decreto 487/1997 obliga a evitar, siempre que sea posible, la manipulación manual de cargas, recomendando el uso de equipos mecánicos para prevenir lesiones, especialmente dorsolumbares.
¿Qué ocurre si no hay una norma específica para un riesgo laboral en cruceros turísticos?
Se aplica supletoriamente la Ley 31/1995 y su normativa de desarrollo, salvo que una norma sectorial o internacional disponga lo contrario.