Deben aplicar el artículo 24 de la Ley 31/1995 y el RD 171/2004, garantizando coordinación, intercambio de información sobre riesgos y establecimiento de protocolos conjuntos de prevención.
¿Qué es un riesgo residual?
Es el nivel de riesgo que aún queda tras aplicar todas las medidas de prevención razonables. Debe ser gestionado y comunicado.



