Deben aplicar el artículo 24 de la Ley 31/1995 y el RD 171/2004, garantizando coordinación, intercambio de información sobre riesgos y establecimiento de protocolos conjuntos de prevención.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



