El empresario debe impartir formación teórica y práctica suficiente y adecuada (art. 19 LPRL y art. 19 ET) específica sobre el riesgo de atrapamiento y las medidas preventivas aplicables.
¿Qué es un riesgo eléctrico?
Es el peligro de sufrir lesiones o daños debido a la electricidad, ya sea por contacto directo, arcos eléctricos o fallos de aislamiento.



