Debe asegurar que la prensa esté instalada y mantenida adecuadamente, equipada con dispositivos de seguridad funcionales (resguardos, enclavamientos automáticos, parada de emergencia) y garantizar que estos no sean anulados ni inutilizados.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.