Debe realizar una evaluación específica de riesgos, sustituir los productos peligrosos cuando sea posible, proporcionar EPIs adecuados, ofrecer formación e información a los trabajadores, y garantizar la vigilancia de la salud (LPRL art. 14–22 y RD 374/2001).
¿Es obligatorio señalizar las zonas con riesgo eléctrico?
Sí. El RD 614/2001 obliga a delimitar y señalizar las zonas de riesgo con carteles normalizados y medidas de aislamiento.



