La empresa debe evaluar específicamente el puesto de trabajo, identificar riesgos para la gestación o la lactancia, y adoptar medidas preventivas. Si los riesgos no pueden eliminarse, debe adaptar el puesto, reubicar a la trabajadora o suspender el contrato por riesgo durante el embarazo o la lactancia.
¿Qué dice la jurisprudencia sobre los accidentes en el montaje eléctrico?
La Sentencia del TSJ de Andalucía nº 2906/2023 exige una aplicación rigurosa de la normativa y recuerda que el empresario debe prever incluso...



