La empresa debe evaluar específicamente el puesto de trabajo, identificar riesgos para la gestación o la lactancia, y adoptar medidas preventivas. Si los riesgos no pueden eliminarse, debe adaptar el puesto, reubicar a la trabajadora o suspender el contrato por riesgo durante el embarazo o la lactancia.
¿Qué medidas deben adoptar las empresas ante el riesgo de enfermedades infecciosas?
Deben aplicar lo establecido en el RD 664/1997 sobre agentes biológicos, que incluye evaluación de riesgos, información a los trabajadores,...



