La empresa debe evaluar específicamente el puesto de trabajo, identificar riesgos para la gestación o la lactancia, y adoptar medidas preventivas. Si los riesgos no pueden eliminarse, debe adaptar el puesto, reubicar a la trabajadora o suspender el contrato por riesgo durante el embarazo o la lactancia.
¿Qué normativa regula la coordinación de actividades empresariales en PRL?
El Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, desarrolla el artículo 24 de la LPRL y regula la coordinación de actividades empresariales (CAE) cuando en...



