La empresa debe evaluar específicamente el puesto de trabajo, identificar riesgos para la gestación o la lactancia, y adoptar medidas preventivas. Si los riesgos no pueden eliminarse, debe adaptar el puesto, reubicar a la trabajadora o suspender el contrato por riesgo durante el embarazo o la lactancia.
¿La normativa sectorial sobre sílice cristalina es obligatoria en industrias no extractivas?
En industrias extractivas, la Orden ITC/2585/2007 es de aplicación directa. En otros sectores, se aplica supletoriamente la normativa general: LPRL,...



