La empresa debe evaluar específicamente el puesto de trabajo, identificar riesgos para la gestación o la lactancia, y adoptar medidas preventivas. Si los riesgos no pueden eliminarse, debe adaptar el puesto, reubicar a la trabajadora o suspender el contrato por riesgo durante el embarazo o la lactancia.
¿Es obligatorio señalizar las zonas con riesgo eléctrico?
Sí. El RD 614/2001 obliga a delimitar y señalizar las zonas de riesgo con carteles normalizados y medidas de aislamiento.



