Garantizar formación teórica y práctica suficiente y adecuada, específica para el puesto, periódica si es necesario y sin coste para el trabajador, preferentemente durante la jornada laboral.
¿Qué ocurre si hay actividades mixtas (marítimas y portuarias)?
Se debe aplicar la normativa general y sectorial de forma complementaria, optando por la interpretación más favorable al trabajador.



