Debe garantizar condiciones de seguridad e higiene, identificar y evaluar los riesgos del hogar, adoptar medidas preventivas, e informar y formar a la persona trabajadora, conforme al RD 893/2024 y el Decreto-ley 25/2020.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



