Según el artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores, toda empresa del sector comercio debe garantizar formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia de prevención de riesgos laborales a cada trabajador.
¿Puede haber dolo por parte del técnico de prevención?
Sí, aunque es menos común. Por ejemplo: falsear registros, ocultar riesgos conscientemente, o indicar a la empresa que no imparta formación para...



