Las empresas deben cumplir con el deber de coordinación de actividades empresariales según el artículo 24 de la LPRL y el RD 171/2004, lo que incluye compartir información preventiva, evaluar conjuntamente los riesgos y adoptar medidas coordinadas.
Viajes de trabajo: ¿estamos evaluando realmente sus riesgos?
No todas las actividades laborales se desarrollan en el centro de trabajo. Reuniones comerciales, visitas a clientes, supervisiones de obra, asistencia a ferias,...





