La jurisprudencia exige prever incluso las distracciones o imprudencias no temerarias del trabajador. Por tanto, el empleador sigue siendo responsable si no se demuestran medidas adecuadas de prevención (TSJ Castilla-La Mancha nº 504/2018).
Hiperconectividad laboral: por qué se ha normalizado y cómo gestionarla desde la prevención de riesgos
La expansión de las tecnologías digitales y del trabajo híbrido ha traído ventajas innegables: mayor autonomía para decidir dónde y cuándo trabajar, más posibilidades...





