La falta de identificación de riesgos, de medidas preventivas reales, de seguimiento o de adaptación a los cambios puede ser interpretada por los tribunales como incumplimiento de las obligaciones preventivas, debilitando la defensa jurídica del empleador.
¿Cómo debe evaluarse el riesgo por agentes químicos según el artículo 3.1 del RD 374/2001?
Primero identificar si existen agentes químicos peligrosos; si los hay, evaluar los riesgos conforme al art. 16 LPRL y al Reglamento de los...