En ese caso, se aplica la LPRL de forma supletoria, junto con el principio de protección reforzada del menor, recogido en la Ley Orgánica 1/1996, garantizando medidas preventivas adaptadas a la edad y condiciones del menor.
¿Debe adaptarse la formación en prevención a la evolución de los riesgos?
Sí, la formación debe adaptarse a la evolución y aparición de nuevos riesgos, y repetirse periódicamente si es necesario, sin que su coste recaiga...



