Puede derivar en responsabilidad para la empresa y también para el técnico si hay impericia o negligencia. La jurisprudencia exige que la formación esté bien documentada y adaptada a los riesgos del puesto.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



