En ese caso, el contrato no debe extinguirse, sino suspenderse con reserva del puesto durante dos años, conforme al artículo 48.2 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué es un riesgo eléctrico?
Es el peligro de sufrir lesiones o daños debido a la electricidad, ya sea por contacto directo, arcos eléctricos o fallos de aislamiento.



