En ese caso, el contrato no debe extinguirse, sino suspenderse con reserva del puesto durante dos años, conforme al artículo 48.2 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Cuáles son las condiciones para extinguir el contrato por incapacidad permanente?
La extinción solo es válida si se cumple al menos una de estas condiciones: • No pueden hacerse ajustes razonables. • No hay puestos vacantes...



