En ese caso, el contrato no debe extinguirse, sino suspenderse con reserva del puesto durante dos años, conforme al artículo 48.2 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Debe adaptarse la formación en prevención a la evolución de los riesgos?
Sí, la formación debe adaptarse a la evolución y aparición de nuevos riesgos, y repetirse periódicamente si es necesario, sin que su coste recaiga...



