En ausencia de normativa específica, se aplica la Ley 31/1995 y el RD 39/1997 como normas generales, según el principio de aplicación supletoria. La formación debe cubrir todos los riesgos identificados.
¿Cuándo se considera que hay negligencia del técnico de prevención?
Cuando no adapta la formación a los riesgos específicos del puesto, no la actualiza, la ofrece de forma meramente formal o no documenta...



