Aunque no haya contrato laboral, si hay una inserción organizativa relevante, puede haber exigencia de medidas preventivas. La tendencia jurisprudencial es ampliar el ámbito de protección.
¿Qué es el servicio de prevención ajeno?
Es una empresa externa contratada para asumir funciones técnicas de prevención cuando la propia organización no tiene medios suficientes.



